martes, marzo 06, 2018

Soberanía nacional: Atlántico Sur y pesca



Por CÉSAR LERENA
La actividad pesquera no puede estar en manos de vendedores de pescados o de burócratas del Estado. La pesca es una actividad geoestratégica de la nación, fundadora de pueblos, radicadora de industrias, generadora de empleos y custodia del territorio marítimo en el extenso atlántico sur argentino. El reciente saliente ex subsecretario de Pesca Tomás Gerpe era “un buen muchacho”. Dejó todo como estaba. Siguió haciendo las cosas peor que hace 50 años, incrementando la concentración del negocio y bajando el valor agregado; dándole continuidad a la inefable política de Moreno donde el importador debía exportar, a punto tal, de dar lugar en la actividad en 2014 a una empresa del rubro de la electrónica y los electrodomésticos, absolutamente ajena a la pesca que, a solo tres años, lidera las exportaciones pesqueras. Algo huele mal en Dinamarca. ¿Más valor agregado, más ocupación, mayor explotación racional del recurso? No, los pocos peces grandes se siguen comiendo a los chicos.
Designado subsecretario, su segundo, Juan Bosch, quien hasta el momento era el brazo ejecutor de la desindustrialización pesquera y la profundización de su langostino-dependencia, este funcionario muestra números que engañan a los funcionarios y lectores desprevenidos: 2017 fue récord de las exportaciones con 1.978 millones de dólares, un 16,2% mayor que en el 2016, como producto de la comercialización de commodities de calamar (un 13% del monto total exportado), de langostinos (un 62% del monto total) y la decreciente exportación del resto de las especies que se quedaron con el 25%, cuando hace 20 años representaban el 62% de las exportaciones del país. Solo en la exportación de merluza entre 1997 y el 2017 se perdieron unos 100 millones de dólares anuales, a pesar de las bajas de precios internacionales de 1997. Todo ello, con la consecuente pérdida de valor agregado y la creciente desocupación de trabajadores en las plantas industriales.

Además, nadie habla de lo que los científicos especializados han reiterado hasta el cansancio: las predicciones sobre la captura del langostino son impredecibles y una reducción drástica en sus capturas, como las de la década del 2000 donde se extrajeron un promedio anual del 23% de la captura actual, provocaría una crisis sin precedentes en el sector, ya que la pesca, en la última década, ha mutado de la captura y procesamiento en tierra de la merluza a la extracción del langostino. La pesca es un recurso del Estado concesionado a terceros y el gobierno de turno debiera administrarlo adecuadamente, porque no se trata de bienes propios de un reducido número de empresarios sino de un recurso de todos los argentinos que debe explotarse racionalmente, con sustentabilidad económica, pero también social y biológica. Pero este tema es aún más grave que lo ya descripto en estas líneas, como para dejarla en manos de meros burócratas. 
¿Son estos señores, incapaces de administrar adecuadamente un recurso biológico, capaces de prestar el debido asesoramiento al Ejecutivo sobre la utilización de esta fenomenal herramienta geopolítica y de soberanía alimentaria? Por cierto, que no. Dos millones de toneladas anuales de recursos pesqueros son explotados en el Atlántico Sur. Un millón doscientos mil por parte de embarcaciones extranjeras clandestinas, incluyendo las que operan con licencia inglesa. Doscientos mil toneladas anuales se descartan en el mar con las que se podrían alimentar dos millones anuales de personas vulnerables, con proteínas de la mejor calidad. ¿Qué hace el gobierno y los funcionarios de la subsecretaría al respecto? La Argentina tiene un territorio marítimo de 4.779.000 Km2 contados desde las líneas de base del territorio continental hasta las 200 millas y más allá de estas de 1.782.000 Km2 de plataforma continental. Aunque de ese territorio una parte importante se encuentra invadido por el Reino Unido, como consecuencia de la ocupación de facto de las 200 millas alrededor de Malvinas y el consecuente reclamo de derechos sobre la plataforma. ¿Quién elabora el plan estratégico de la nación en el Atlántico Sur que pretende ceder los recursos pesqueros y facilitar los traslados aéreos de los malvinenses y circunscribir la cuestión a los 11.410 Km2 de Malvinas?

Esta política la inició la dupla Menem-Cavallo con los falsamente denominados “Acuerdos de Madrid” -aunque las tratativas previas fueran obra de Caputo- diseñados a la medida del Reino Unido, y aun así éste los ha violentado en forma sostenida, ampliando su ocupación marítima y explotando los recursos naturales argentinos, desacatando todas las normas y desatendiendo la conocida resolución de las Naciones Unidas 2065/65; pero en especial en materia de apropiación de los recursos naturales de la N.º 31/49 que “Insta a las partes a abstenerse de ejecutar medidas unilaterales en el área en disputa” y las Nro. 3171/73; 3175/73 Y 3336/74 que Afirman el derecho de los Estados cuyos territorios están bajo ocupación extranjera a la soberanía permanente sobre sus recursos naturales; declarando que, la explotación de los recursos naturales en esos territorios, son ilegales e, instando a poner fin inmediato; a restituir los recursos naturales y a la plena indemnización por la explotación y daños causados…”.
Si el gobierno argentino no resguarda su soberanía con lo dispuesto en estas Resoluciones de las Naciones Unidas y cede sus recursos pesqueros es poco -nada- lo que podemos esperar respecto a la restitución de nuestro territorio. Ya en este gobierno, la Cancillería a cargo de Malcorra (2016) efectuó la declaración conjunta entre las cancillerías argentina y británica que, respecto a esta materia, indicaba: “…adoptar las medidas apropiadas para remover todos los obstáculos que limitan el crecimiento económico y el desarrollo sustentable de las Islas Malvinas, incluyendo comercio, pesca, navegación e hidrocarburos”, manteniendo la “fórmula del paraguas” de los llamados Acuerdos de Madrid.

Quedamos verdaderamente azorados: ni las “relaciones carnales” de Di Tella, se habían atrevido a remover todos los obstáculos para asegurar el desarrollo sustentable de Malvinas y de los británicos ocupantes de las Islas: una verdadera “rendición incondicional”. La posibilidad de vuelos a terceros países desde y hacia Islas, y la carga de insumos y recambio de tripulaciones para los más de 500 buques extranjeros que operan en el Atlántico Sur, transformarían a Malvinas en el centro logístico pesquero más importante del Cono Sur, lo que junto a los anuncios de la construcción de una zona franca en Uruguay por parte de China, no solo llevaría a la quiebra de la actividad pesquera argentina, sino acrecentaría aún más la ocupación extranjera del Atlántico Sudoccidental; y por cierto, consolidaría la posición británica en Malvinas.

Refieren muchos expertos que un potencial acuerdo relativo al Petróleo sería consolidar definitivamente la posición inglesa en Malvinas. Y ello es absolutamente así; pero la explotación de los recursos pesqueros en el mar argentino es lo que les ha permitido a los ocupantes de Malvinas sobrevivir durante estos últimos 36 años, como el propio Director Británico de Recursos Pesqueros en Malvinas John Barton manifestara el 14 de marzo de 2012: Sin las Licencias de Pesca no hubiéramos sobrevivido en Malvinas. La Argentina ha dicho al sancionar la Ley 24.543 “…teniendo presente el interés prioritario de conservar sus recursos de la Z.E.E. y el área adyacente…el gobierno está facultado para adoptar todas las medidas necesarias…el gobierno argentino manifiesta que no reconoce ni reconocerá la titularidad ni el ejercicio por cualquier otro Estado…el gobierno considera de mayor importancia…”. Debiera entonces obrar en consecuencia y no acordar la explotación de sus recursos ni facilitar su extracción o logística. 
El desaparecido dibujante Caloi, comprometido con la causa Malvinas, en ocasión del Acuerdo de Madrid (1989/90) nos ilustró claramente la política que llevó adelante el gobierno de Menem, continuó el de los Kirchner y profundiza este gobierno. El camino no es facilitar el crecimiento y desarrollo actual de las Islas, es denunciar los Acuerdos de Madrid y comenzar a formular una Política de Estado con el concurso de embajadores especializados, ministros, legisladores y expertos en materia de Defensa, recursos, navegación, etc. y la aprobación pertinente del Congreso de la Nación. Desde la Pesca hay disponible un conjunto de herramientas que pueden ayudar a revertir el statu quo de Malvinas; muchas de las cuales no podemos ventilar por razones obvias; pero sí podemos mencionar el proyecto S-2548/16 de Ley Nacional de Pesca Marítima presentado por los Senadores Solanas; Pichetto; Rodriguez Saá; Abal Medina; Durango; Linares; Martínez; Odarda y Pereyra que demuestra la voluntad de distintos partidos políticos, no solo de avanzar sobre cuestiones de administración y desarrollo pesquero, sino de proveer las herramientas necesarias para ocupar el Atlántico Sur y tener bajo control los territorios marítimos e insulares nacionales. 
Malvinas no son solo una parte de nuestro territorio son un símbolo nacional que nos une y nos obliga como nación soberana.

(*) César Lerena
Escritor. Consultor. Doctor en Ciencias. Presidente de la Fundación Agustina Lerena, entidad sin fines de lucro sobre Ciencias Naturales y Sociales. Asesor en el Honorable Senado de la Nación Argentina del Senador Fernando Pino Solanas. Ex Secretario de Estado, asesor de la Presidencia de la Nación Argentina. Ex Profesor Adjunto y Titular de las Universidades del Nordeste y Fasta Mar del Plata.

lunes, marzo 05, 2018

Aborto: discusión e impedimentos legales


Por JUAN ÁNGEL SALINAS BOHIL

Sin entrar a tomar partido por quienes están a favor, en contra o se abstienen de opinar acerca del legalizar el aborto, no deja de sorprender que el presidente Macri haya lanzado la iniciativa de tratar el tema en el Congreso y que circulen encuestas que muestran un mayoritario apoyo de la población a la medida. También que dentro del oficialismo haya quienes hacen circular toda clase de propuestas como la posibilidad de una convocatoria para la realización de un plebiscito no vinculante.
Hemos sido sorprendidos por la idea presidencial, pero mucho más por la falta de información a la población de ciertos aspectos legales que creemos, harían imposible la legalización del aborto. 
Entendemos que en el derecho argentino sería imposible autorizarlo porque existen trabas del tipo constitucional que así lo determinan. Por ejemplo, durante la presidencia de Raúl Alfonsín se sancionó la ley nacional 23.054 que aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) que en su artículo 4.1 dice: Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.
Más adelante, en 1990, durante la presidencia de Carlos Menem, se sancionó la Ley 23.849, que aprobó la Convención de los Derechos del Niño, tratado internacional de las Naciones Unidas de 1989. Ésta, en su artículo 2°, dice textualmente: Con relación al artículo 1º de la CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad. Y el artículo 6° de la Convención señala: Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene derecho intrínseco a la vida. 
Además, en la reforma constitucional de 1994, se incorporaron a la Constitución Nacional varios convenios internacionales, entre ellos la “Convención Americana sobre Derechos Humanos” y la “Convención sobre Derechos del Niño”.
Igualmente, el artículo 75°, inciso 22, incorporado a la Constitución Nacional dice, refiriéndose a los convenios internacionales incluidos en su texto: Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes, y … en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos.
Y el inciso 23° de dicho artículo expresa: Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia.